Condiciones por paises

  • Permisos expedidos en países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega)

    Los permisos de conducción expedidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea o en Estados Parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo con arreglo a la normativa comunitaria mantendrán su validez en España, en las condiciones en que hubieran sido expedidos en su lugar de origen.

    El titular de un permiso de conducción expedido en uno de estos Estados que haya adquirido su residencia normal en España quedará sometido a las disposiciones españolas relativas a su período de vigencia, de control de sus aptitudes psicofísicas y de asignación de un crédito de puntos.

    Cuando se trate de un permiso de conducción no sujeto a un período de vigencia determinado, su titular deberá proceder a su renovación, una vez transcurridos dos años desde que establezca su residencia normal en España.
  • Canje de los permisos de conducción expedidos en países no comunitarios (Andorra, Corea, Japón, Suiza y Mónaco)
    Para realizar el canje será necesario pedir cita previa en la DGT, presentando, además de toda la documentación pertinente, el correspondiente certificado médico expedido por un centro de reconocimiento de conductores.

  • Países con convenio de canje
    Para realizar el canje será necesario pedir cita previa en la DGT, presentando, además de toda la documentación pertinente, el correspondiente certificado médico expedido por un centro de reconocimiento de conductores.

  • Los países con convenio de canje son los siguientes: 
    Argelia, Argentina, Bolivia , Chile, Colombia, Ecuador, Marruecos, Nicaragua, Perú, Republica Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Turquía, Tunez, Ucrania y Macedonia

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Centro Médico Santa Coloma